¿Requieren registro sanitario los alimentos en Guatemala?

Alimentos: ¿Qué productos deben tener Registro Sanitario en Guatemala?

Tal vez estás vendiendo mermeladas, pan, café tostado o conservas. Puede ser que iniciaste tu emprendimiento de comida durante la pandemia y continúas creciendo.

¿Sabes si tu producto debe contar con un Registro sanitario?

Esta entrada del blog se centra en alimentos producidos en Guatemala. La respuesta, es que los alimentos sí deben contar con Registro Sanitario. Aquí te lo explicamos:

En Guatemala, la autoridad que regula este tema es el Ministerio de Salud y Asistencia Social (MSPAS) a través del Departamento de Control de Alimentos. De hecho, hay una regulación que aplica a Guatemala, El Salvador, Nicaragua, Honduras y Costa Rica, que se llama el Reglamento Técnico Centroamericano (RTCA 67.01.31.07). La ventaja de este RTCA es que si registras tu producto en Guatemala de forma exitosa, luego puedes solicitar un Certificado de Libre Venta y con este exportar a otros países.

El RTCA define Alimento como “toda sustancia procesada, semiprocesada y no procesada, que se destina para la ingesta humana, incluidas las bebidas, goma de mascar y cualesquiera otras sustancias que se utilicen en la elaboración, preparación o tratamiento del mismo, pero no incluye los cosméticos, el tabaco ni los productos que se utilizan como medicamentos”.

Se hace una diferencia en tres categorías de alimentos:

  • Alimento no procesado, el que no ha sufrido modificaciones de origen físico, químico o biológico, salvo las indicadas por razones de higiene o por la separación de partes no comestibles. Ej. una manzana, verduras, huevos, productos de panadería de consumo diario que no tienen un envase.
  • Alimento procesado, el que ha sido sometido a un proceso tecnológico adecuado para su conservación. Por ejemplo: una mermelada.
  • Alimento semiprocesado, el que ha sido sometido a un proceso tecnológico adecuado para su conservación y que requiere de un tratamiento previo a su consumo ulterior. Por ejemplo: un queso, yogurt, miel, lácteos, etc.

Además, la Norma Técnica NT 003-2020, clasifica los alimentos procesados en alto, mediano y bajo riesgo.

Ejemplos de alimento procesado de alto riesgo, entre otros:

  1. Leche pasteurizada
  2. Crema dulce, crema batida
  3. Mantequilla
  4. Helados a base de leche o de agua
  5. Mantequilla de maní
  6. Productos cárnicos empacados
  7. Comidas preparadas refrigeradas o congeladas, por ejemplo lasaña, guisos, pizzas, tamales, pupusas.

Así que, si estás produciendo cualquiera de los productos de esta lista, o alguno que esté dentro de las definiciones de productos procesados entonces debes solicitar un Registro Sanitario para poder comercializar tu producto.

Y si tienes la consulta de la categoría de tu producto, puedes solicitar una cita de asesoría correo electrónico: regulatory.affairs@scheelconsulting.com o bien escribir por WhastApp al T. 4149 3915.

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